Media sanción a Ley de Discapacidad con rol clave de Herrera Ahuad

Con 237 votos a favor, la Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción a la nueva Ley de Discapacidad tras incorporar todas las modificaciones propuestas por el diputado misionero Herrera Ahuad.

Marcelo Telez
22 oct 2026 · 05:11 · 6 min de lectura
Media sanción a Ley de Discapacidad con rol clave de Herrera Ahuad

La Cámara de Diputados de la Nación protagonizó una jornada de trascendencia institucional al otorgar la media sanción, por una abrumadora mayoría de 237 votos afirmativos, a la nueva Ley de Discapacidad.

Este hito legislativo fue el resultado de un arduo y meticuloso proceso de negociación parlamentaria que tuvo como uno de sus protagonistas insoslayables al diputado nacional por la provincia de Misiones y presidente del bloque Argentina Federal, Oscar Herrera Ahuad.

El ex gobernador misionero llegó al recinto con una serie de modificaciones estructurales que no fueron redactadas desde la frialdad de un despacho, sino que emergieron del diálogo directo, sostenido y empático con numerosas organizaciones de personas con discapacidad, familiares y prestadores de salud de todo el país.

El escenario previo a la sesión planteaba interrogantes. El bloque Argentina Federal había presentado disidencias formales al dictamen de mayoría impulsado por el oficialismo, al considerar con firmeza que el texto original carecía de la robustez necesaria.

Para los legisladores de este espacio, la redacción inicial no otorgaba suficientes certezas jurídicas sobre derechos adquiridos, prestaciones básicas, el esquema de pensiones, los procesos de auditorías, la vital cobertura sanitaria, el financiamiento a largo plazo y las compensaciones adeudadas a los prestadores del sistema.

Frente a esta situación, Herrera Ahuad explicó en el debate que el objetivo innegociable era alcanzar una norma verdaderamente “superadora” en relación a la normativa de emergencia que se encuentra pronta a vencer.

La meta era estructurar una ley capaz de “dar previsibilidad y blindar algunas cuestiones grises que tiene la ley de emergencia”. En su alocución, aseguró con convicción que este avance legislativo se trata de “un logro de las organizaciones que defienden los derechos de las personas con discapacidad y los diferentes colectivos que llevan adelante una lucha por la igualdad y los derechos en toda la extensión del territorio nacional”.

Las propuestas superadoras que finalmente el diputado llevó al recinto para su tratamiento surgieron de un enriquecedor proceso de consultas.

“Me permito, en nombre de colegas con los cuales hemos trabajado a lo largo de estos días, de diferentes asociaciones, comunidades que hacen a las personas con discapacidad de la Argentina, muchos de ellos con los cuales hemos tenido la oportunidad de reunirnos”, explicó Herrera Ahuad al momento de fundamentar las indispensables modificaciones. Asimismo, estableció una posición política indeclinable: el bloque Argentina Federal acompañaría la iniciativa únicamente si estas modificaciones de fondo eran incorporadas al texto definitivo.

“Nuestras disidencias son de fondo, son importantes, las queremos expresar y queremos pedir que sean incorporadas a este dictamen”, sostuvo con firmeza.

El momento decisivo y más vibrante del debate se produjo instantes después de que Herrera Ahuad terminara de exponer y precisar técnica y políticamente cada una de las modificaciones. Tras la lectura detallada de las disidencias y la compatibilización del articulado en conjunto con la Secretaría Parlamentaria, el diputado informante del oficialismo, perteneciente a La Libertad Avanza, el tucumano Gerardo Huesen, tomó la palabra para anunciar en el recinto la aceptación integral de los cambios impulsados por el legislador misionero. “Señor presidente, quiero adelantar que vamos a aceptar todas las modificaciones”, expresó Huesen. Esta definición política despertó, como hace mucho tiempo no se veía en un parlamento fragmentado, un aplauso cerrado y generalizado, celebrando un consenso transversal construido a partir de la visión de un dirigente misionero.

Las modificaciones defendidas y aceptadas alcanzaron aspectos centrales para resguardar el sistema de discapacidad:

  • Ratificación del sistema de prestaciones y empleo protegido: A través del artículo 4, se ratifica la plena vigencia del artículo 7 bis de la Ley 24.901 y de la Ley 26.816 de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad.
  • Pensiones con evaluación del ingreso individual: Para acceder a la pensión por discapacidad, se establece que el beneficiario no deberá percibir ingresos netos iguales o superiores a dos salarios mínimos, vitales y móviles, garantizando que “se tiene en cuenta el ingreso individual y no del grupo familiar”.
  • Blindaje presupuestario: El artículo 7 determina la asignación de partidas específicas para afrontar los gastos de la ley, disponiendo que “las leyes de presupuesto deberán garantizar un crédito presupuestario suficiente que asegure la sostenibilidad real y permanente del sistema”. El ingreso por beneficiario no podrá ser inferior, en términos reales, al del ejercicio anterior.
  • Compatibilidad entre pensión y trabajo formal: La pensión no contributiva será compatible con un vínculo laboral formal. El beneficio continuará mientras los ingresos no superen dos salarios mínimos. Si se supera ese límite, se suspenderá temporalmente, pudiendo solicitarse su rehabilitación inmediata cuando los ingresos vuelvan a ubicarse por debajo del tope.
  • Garantía de cobertura de salud: Los titulares de pensiones tendrán derecho irrestricto a “un programa médico de atención y cobertura de salud que garantice las prestaciones básicas establecidas en la Ley 24.901”.
  • Auditorías con derecho de defensa: Se establece que “el procedimiento de auditoría deberá garantizar el debido proceso inclusivo”. La persona deberá ser notificada fehacientemente y contar con plazos administrativos para ejercer su descargo antes de sufrir cualquier suspensión preventiva.
  • Rehabilitación inmediata y provisoria: Si una persona afectada por la suspensión de una pensión considera que cumple los requisitos, podrá solicitar la rehabilitación inmediata y provisoria hasta que se dicte la resolución definitiva.
  • Plazos concretos para pagar a prestadores: El Poder Ejecutivo deberá publicar un cronograma de pagos dentro de los 30 días posteriores a la promulgación de la ley y cancelar deudas en 90 días para quienes hayan finalizado el trámite administrativo.
  • Protección de compensaciones pendientes: El vencimiento de la emergencia no afectará el derecho de los prestadores que cumplieron requisitos ni frenará procedimientos en curso.

La madurez política permitió construir un entendimiento parlamentario que reunió a legisladores de espacios con profundas diferencias ideológicas. Sectores de La Libertad Avanza, Coalición Cívica, Provincias Unidas, Coherencia, la UCR y Unión por la Patria acompañaron el texto.

Durante la sesión, Juan Marino reivindicó expresamente el trabajo del misionero: “Fueron receptados numerosos planteos que fueron leídos por el diputado Herrera Ahuad”.

Desde Unión por la Patria, Eduardo Valdés destacó el rol articulador de Herrera Ahuad y afirmó que la discapacidad debe ser una política de Estado inquebrantable, recordando el principio de la Convención: “Nada sobre nosotros sin nosotros”.

Al finalizar, Herrera Ahuad agradeció la confianza depositada por las organizaciones civiles y remarcó el inmenso valor del consenso: “Hoy es el momento de que todos volvamos a mostrar en la sociedad que desde la política está la herramienta necesaria para poder brindar esas respuestas”.

Con esta sólida base de justicia social, la iniciativa pasó al Senado para su inminente sanción definitiva.

fotos Gustavo Molfino

Redacción RPD Noticias

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